Corpus
Modo: Corpus Pro

CONTRATOS ADMINISTRATIVOS. LOS LINEAMIENTOS QUE DEBERÁN OBSERVAR LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES Y DE PERSONAS (DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DE CUATRO DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE), ORIGINALMENTE CREADOS COMO NORMATIVIDAD DEPENDIENTE DE LA LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PÚBLICAS, DE TREINTA DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES, DEBEN CONSIDERARSE TAMBIÉN COMO DISPOSICIONES "REGLAMENTARIAS" DE LA VIGENTE LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO (DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DE CUATRO DE ENERO DE DOS MIL).

Clave: 2a. XLI/2002 · Registro digital (IUS): 187272 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XV, Abril de 2002; Pág. 581

El treinta de diciembre de mil novecientos noventa y tres, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, la cual estuvo vigente desde el día siguiente al de su publicación, hasta la entrada en vigor de la diversa Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público que la abrogó; esta última ley fue publicada en el mismo medio oficial el cuatro de enero de dos mil. Durante la vigencia de la ley primeramente mencionada, el secretario de la Contraloría y Desarrollo Administrativo expidió, el veintiocho de julio de mil novecientos noventa y siete, los "Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la administración pública federal en los procedimientos de contratación de seguros de bienes patrimoniales y de personas", los cuales también fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el cuatro de agosto de mil novecientos noventa y siete. Ahora bien, lo antes expuesto demuestra que los referidos lineamientos fueron creados con calidad de norma dependiente de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas, por lo que si dicha ley fue abrogada, tal supresión normativa debería extenderse a los mencionados lineamientos; sin embargo, el artículo tercero transitorio de la diversa Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público generó una situación extraordinaria que permitió la continuación de su vida jurídica, al establecer que todas las disposiciones administrativas, expedidas en la materia de la ley mencionada, seguirán aplicándose mientras no se opongan a los principios jurídicos contenidos en la nueva legislación y hasta en tanto se expidan las que deban sustituirlas, es decir, a pesar de que los lineamientos aludidos fueron creados como normatividad dependiente de una ley, hoy abrogada, deben aceptarse y reputarse como nueva reglamentación de una ley diversa.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/187272-29837a7b/contratos-administrativos-los-lineamientos-que-deberan-observar-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 460/2001. Seguros Comercial América, S.A. de C.V. 1o. de marzo de 2002. Cinco votos. Ponente: José Vicente Aguinaco Alemán. Secretaria: Constanza Tort San Román.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.