Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de Archivos del Estado de Durango

Artículo 2

Ordenamiento: Ley de Archivos del Estado de Durango · Ámbito: Durango
Última reforma: 2026-10-05

Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 2. Son objetivos de esta Ley:

I. Promover el uso de métodos y técnicas archivísticas encaminadas al desarrollo

de sistemas de archivos que garanticen la organización, conservación,

disponibilidad, integridad y localización expedita, de los documentos de archivo

que poseen los sujetos obligados, contribuyendo a la eficiencia y eficacia de la

administración pública, la correcta ges tión gubernamental y el avance

institucional;

II. Regular la organización y funcionamiento del sistema institucional de archivos

de los sujetos obligados, a fin de que éstos se actualicen y permitan la

publicación en medios electrónicos de la información relativa a sus indicadores

de gestión y al ejercici o de los recursos públicos, así como de aquella que por

su contenido sea de interés público;

III. Promover el uso y difusión de los archivos producidos por los sujetos obligados,

para favorecer la toma de decisiones, la investigación y el resguardo de la

memoria institucional del Estado;

LEY DE ARCHIVOS DEL ESTADO DE DURANGO

FECHA DE PUBLICACION:

DEC. 559 P.O. 28 BIS DEL 7 DE ABRIL DE 2024.

IV. Promover el uso y aprovechamiento de tecnologías de la información para

mejorar la administración de los archivos por los sujetos obligados;

V. Sentar las bases para el desarrollo y la implementación de un sistema integral

de gestión de documentos electrónicos encaminado al establecimiento de

gobiernos digitales y abiertos en el ámbito estatal y municipal que beneficien con

sus servicios a la ciudadanía.

VI. Establecer mecanismos que permitan a las autoridades estatales y municipales

del Estado de Durango, la colaboración en materia de archivos entre ellas y con

autoridades federales;

VII. Promover la cultura de la calidad en los archivos mediante la adopción de

buenas prácticas nacionales e internacionales;

VIII. Contribuir al ejercicio del derecho a la verdad y a la memoria, de conformidad

con lo dispuesto por la Ley General de Archivos, esta Ley y las demás

disposiciones aplicables;

IX. Promover la organización, conservación, difusión y divulgación del patrimonio

documental del Estado, y

X. Fomentar la cultura archivística y el acceso a los archivos.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 1Índice de la leyArt. 3 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis