Ley de Desarrollo Rural Sustentable · Titulo TERCERO — DEL FOMENTO AGROPECUARIO Y DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE · Capitulo VII — Del Incremento de la Productividad y la Formación y Consolidación de Empresas Rurales
Artículo 90
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 90.- El Gobierno Federal, con la participación del Consejo Mexicano, establecerá la vigencia del apoyo al productor, previendo en sus reglas de operación, cuando menos:
I. Tiempo durante el cual se otorgará el apoyo;
II. Monto de los apoyos;
III. Límites de extensión u otros, para poder recibir el apoyo, así como los requisitos para acreditar lo anterior; y
IV. Forma de resolver las controversias que se originen con motivo de los apoyos mediante la intervención de los distritos de desarrollo rural.
CAPÍTULO VIII
De la Sanidad Agropecuaria
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- AGRARIO. ES PROCEDENTE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO CUANDO EL TRIBUNAL UNITARIO AGRARIO OMITE PROVEER SOBRE LA ASESORÍA LEGAL Y ASISTENCIA TÉCNICA A LOS CAMPESINOS. (IV.2o.A.106 A )
- AGRARIO. ASESORÍA LEGAL Y ASISTENCIA TÉCNICA. CONSTITUYEN UN DERECHO SUSTANTIVO A FAVOR DE LOS CAMPESINOS, POR ESTAR PREVISTAS EN LA CONSTITUCIÓN FEDERAL. (IV.2o.A.105 A)
- AGRARIO. DERECHOS COMUNALES, ACTOS QUE LESIONAN LOS. NO SE CONFIERE LEGITIMACION ACTIVA PARA RECLAMARLOS EN AMPARO A LOS COMUNEROS EN PARTICULAR. (s/clave)
- AUTORIDADES AGRARIAS. (s/clave)
- AMPARO CONTRA ACTOS DE LA COMISION AGRARIA MIXTA. DEBE TENERSE COMO RESPONSABLE A LA AUTORIDAD QUE LA HAYA SUSTITUIDO A PROPOSITO DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA NUEVA LEY AGRARIA. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis