Ley de Educación del Estado de Aguascalientes
Artículo 69 C
Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 69 C. La Autoridad Educativa Estatal podrá suscribir convenios con
universidades, cámaras empresariales, instituciones públicas, colegios
profesionales y organizaciones civiles para fortalecer la red de mentores, así como
para desarrollar material es, plataformas y metodologías de acompañamiento
vocacional.
TITULO QUINTO
DE LOS ACTORES DEL SISTEMA EDUCATIVO ESTATAL
Capítulo I
Del Educando como Prioridad en el Sistema Educativo Estatal
Fuente oficial: consultar publicación
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