Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de Educación del Estado de Aguascalientes

Artículo 93

Ordenamiento: Ley de Educación del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-07-13

Vigencia verificada: 19 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 93. Los planteles educativos constituyen un espacio fundamental para el

proceso de enseñanza aprendizaje, donde se presta el servicio público de

educación por parte de las autoridades educativas del Estado o por los particulares

con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.

(REFORMADO, P.O. 18 DE DICIEMBRE DE 2023)

Con el acuerdo de las autoridades, madres y padres de familia, tutores o quien

ejerza la patria potestad, y la comunidad, en la medida de sus posibilidades,

funcionarán como un centro de aprendizaje comunitario, don de además de educar

a niñas, niños, adolescentes y jóvenes, se integrará a las familias y a la comunidad

para colaborar en grupos de reflexión, de estudio y de información sobre su entorno.

La Autoridad Educativa Estatal, en coordinación con la Autoridad Educativa Federal

y de los municipios, establecerán las disposiciones para el cumplimiento de este

artículo.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 92Índice de la leyArt. 94 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis