Ley de Educación del Estado de Aguascalientes
Artículo 94
Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 94. Los muebles e inmuebles destinados a la educación impartida por las
autoridades educativas estatal y municipales y por los particulares con autorización
o con reconocimiento de validez oficial de estudios en el Estado de, así como los
servicios e instalaciones necesarios para proporcionar educación, forman parte del
Sistema Educativo Estatal.
Dichos muebles e inmuebles deberán cumplir con los requisitos de calidad,
seguridad, funcionabilidad, equidad, sustentabilidad, inclusividad e higiene, además
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de los establecidos en la Ley General de Educación, conforme a los lineamientos
que para tal efecto emita la Autoridad Educativa Federal.
La Autoridad Educativa Estatal coadyuvará con la Autoridad Educativa Federal para
mantener actualizado el Sistema Nacional de Información de la Infraestructura
Física Educativa, a fin de realizar sobre ésta diagnósticos y definir acciones de
prevención en materia de seguridad, protección civil y de mantenimiento de los
muebles o inmuebles que se destinen al servicio educativo.
Fuente oficial: consultar publicación
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)
Artículo 94. Los muebles e inmuebles destinados a la educación impartida por las
autoridades educativas estatal y municipales y por los particulares con autorización
o con reconocimiento de validez oficial de estudios en el Estado de, así como los
servicios e instalaciones necesarios para proporcionar educación, forman parte del
Sistema Educativo Estatal.
Dichos muebles e inmuebles deberán cumplir con los requisitos de calidad,
seguridad, funcionabilidad, equidad, sustentabilidad, inclusividad e higiene, además
de los establecidos en la Ley General de Educación, conforme a los lineamientos
que para tal efecto emita la Autoridad Educativa Federal.
LEY DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN DE
AGUASCALIENTES.
Última actualización: 12/08/2024.
La Autoridad Educativa Estatal coadyuvará con la Autoridad Educativa Federal para
mantener actualizado el Sistema Nacional de Información de la Infraestructura
Física Educativa, a fin de realizar sobre ésta diagnósticos y definir acciones de
prevención en m ateria de seguridad, protección civil y de mantenimiento de los
muebles o inmuebles que se destinen al servicio educativo.
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