Ley de Educación del Estado de Morelos
Artículo 30
Vigencia verificada: 24 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
A través del Sistema Educativo Estatal se concentrarán y
coordinarán los esfuerzos del Estado, de los sectores social y privado, para el
cumplimiento de los principios, fines y criterios de la educación establecidos por la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución del Estado
Libre y Soberano de Morelos, la Ley General y las leyes de la materia.
ARTÍCULO 31.
Fuente oficial: consultar publicación
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