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Ley de Educación del Estado de Morelos

Artículo 8

Ordenamiento: Ley de Educación del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-07-01

Vigencia verificada: 13 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 8. Toda persona tiene derecho a la educación, por tal razón, el propósito

fundamental de la Educación que se imparte en el Estado, es priorizar el interés

superior de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, reconociendo a la Educación

como un medio para ad quirir, transmitir, actualizar, completar y ampliar sus

conocimientos, capacidades, habilidades y aptitudes que le permitan alcanzar su

desarrollo personal y profesional; como consecuencia de ello, que a través de su

ejercicio se promueva una cultura que transforme la sociedad dentro de la Escuela

y su entorno, siendo determinante para la formación integral de hombres y mujeres

con sentido de equidad y solidaridad y que éstos contribuyan al mejoramiento de la

sociedad de la que forma parte.

El Estado ofrecerá a las personas las mismas oportunidades de aprendizaje, así

como de acceso, tránsito, permanencia, avance académico y, en su caso, egreso

oportuno en el Sistema Educativo Estatal, con sólo satisfacer los requisitos que

establezcan las in stituciones educativas con base en las disposiciones jurídicas

aplicables.

Toda persona gozará del derecho fundamental a la educación bajo el principio de la

intangibilidad de la dignidad humana.

Fuente oficial: consultar publicación

Índice de la leyArt. 40 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2026-07-01)

Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al

menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción

elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser

generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función

de los méritos respectivos.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y

el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades

fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas

las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de

las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que

habrá de darse a sus hijos.”

Por tanto, a lo largo de la historia mexicana, el Derecho a la Educación ha ido

evolucionando, tratando de superar los obstáculos de la brecha de desigualdad,

garantizando con ello el acceso a la educación pública, laica y gratuita, además de

ser de calidad, el derecho a la Educación es la conclusión de un proceso

civilizatorio, lineal y progresivo que está orientado a una mejoría del Estado,

buscando garantizar la paz.

Derivado de esto, el pasado 9 de mayo del 2019 fue aprobado en el Congreso de

la Unión el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los

artículos 3, 31 y 73 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos,

mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo del

mismo año, a través del cual se destaca lo siguiente4:

1. Se reafirma la rectoría del Estado sobre la educación y se establece la

obligación del Estado de garantizar educación en todos sus tipos y niveles, desde

la inicial hasta la superior. La educación impartida por el Estado, además de

obligatoria, gratuita y laica, será universal, pública, inclusiva, equitativa, integral y

de excelencia. En el caso de los pueblos y comunidades indígenas, también será

plurilingüe e intercultural.

4 http://www5.diputados.gob.mx/index.php/esl/Comunicacion/Agencia -de-Noticias/2019/Mayo/15/2144-Publica-Diario-Oficial-de-la-

Federacion-decreto-de-reforma-constitucional-en-materia-educativa-entra-en-vigor-este-jueves

Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.

Dirección General de Legislación.

Subdirección de Jurismática.

2. Se estipula que la educación tendrá un enfoque de derechos humanos,

fomentará la cultura de paz, buscará el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la

innovación, así como el cuidado de la naturaleza.

3.

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