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Ley de Fomento Apícola y Protección del Proceso de Polinización para el Estado de Morelos

Artículo 68

Ordenamiento: Ley de Fomento Apícola y Protección del Proceso de Polinización para el Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-08

Vigencia verificada: 27 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 68. Son infracciones a la presente ley:

I. Faltar a la obligación de registrar la marca o dispositivo de identificación;

II. Usar marcas o dispositivos de identificación ajenas;

III. No dar los avisos que ordena esta ley, o hacerlo fuera del plazo establecido

a requerimiento de la autoridad;

IV. Instalar colmenas y material biológico de otros Estados, sin la

documentación y requisitos establecidos en esta ley;

V. Los daños provocados por incendios, destrucción o contaminación a

consecuencia de la actividad humana que afecten a las colmenas, agentes

polinizadores y el proceso de polinización;

VI. La mortandad de abejas y afectación del proceso d e polinización por el uso

de pesticidas y otros agroquímicos;

VII. Los daños provocados a la flora melífera circundante de los apiarios;

VIII. En su caso, no rendir el informe anual estipulado en esta ley;

IX. Llevar a cabo la movilización de colmenas y sus productos sin observar los

requisitos establecidos en la presente ley;

X. La adulteración, falsificación, contaminación o alteración de los productos de

la colmena o el permitir tales prácticas;

XI. Impedir o resistirse a que la autoridad competente, practique las visita s,

inspecciones o exámenes que le faculta esta ley;

XII. Declarar en falsedad información relacionada a inventario apícola, eficiencia

productiva, control sanitario y mejoramiento genético en sus apiarios; y,

Ley de Fomento Apícola y Protección del Proceso de Polinización para el Estado de Morelos

Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.

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XIII. Las demás que expresamente se consignen en la presente ley o las que se

deriven de los demás ordenamientos vigentes.

Fuente oficial: consultar publicación

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