Ley de Igualdad de Derechos y Oportunidades entre Mujeres y Hombres para el Estado de Morelos
Artículo 22
Vigencia verificada: 22 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 22. - El Gobierno del Estado es el encargado del funcionamiento del
Sistema Estatal, y de la aplica ción del Programa Estatal, a través de los órganos
correspondientes.
CAPÍTULO TERCERO
DEL SISTEMA ESTATAL PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y
HOMBRES
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- SECRETARIOS DE ESTADO. (s/clave)
- CONSTITUCION. (s/clave)
- REGLAMENTACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS. (s/clave)
- EJECUTIVO DEL ESTADO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis