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Modo: Corpus Pro

Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Durango

Artículo 264

Ordenamiento: Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Durango · Ámbito: Durango
Última reforma: 2026-10-12

Vigencia verificada: 6 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 264.-

1. El cómputo municipal es el procedimiento por el cual el Consejo Municipal determina, mediante

la suma de los resultados anotados en las actas de escrutinio y cómputo de las casillas, la

votación obtenida en el Municipio, en la elección de integrantes de los Ayuntamientos.

Fuente oficial: consultar publicación

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