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Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de Morelos

Artículo 28

Ordenamiento: Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2017-03-01

Vigencia verificada: 23 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 28.- Defensoría Pública especializada en adolescentes.

Los Defensores Públicos especializados en adolescentes, tendrán las siguientes

funciones:

I. Ejercer la defensa legal de los adolescentes a quienes se atribuya la

probable realización de una conducta tipificada como delito en las leyes.

II. Asistir al adolescente sujeto a la aplicación de la presente Ley,

especialmente en aquellos momentos en los que por decisión de la autoridad se

modifique su situación jurídica o se pongan en riesgo sus derechos o garantías;

III. Mantener una comunicación constante con el adolescente, sus padres o

tutores, para informarles del estado del proceso;

IV. Pugnar para que en todo momento se respeten los derechos y garantías de

los adolescentes a quienes defiende, y hacer del conocimiento inmediato de las

autoridades correspondientes cuando no se respeten tales derechos y

garantías, o exista inminencia de que así suceda;

V. Informar de inmediato al adolescente sujeto a la aplicación de esta Ley,

sobre su situación jurídica, así como los derechos y garantías que le otorgan las

disposiciones legales aplicables;

VI. Promover soluciones alternativas al proceso;

VII. Solicitar al Ministerio Público el no ejercicio de la acusación, cuando no se

encuentren reunidos los elementos necesarios para ello; y

VIII. Realizar todos los trámites o gestiones necesarias, en tiempo y conforme

a derecho para una eficaz defensa del adolescente, incluyendo ofrecimiento y

desahogo de pruebas, formulación de alegatos, agravios, interposición de

recursos, incidentes y demás actos procesales que le garanticen al adolescente

una adecuada defensa técnica.

CAPÍTULO IV

DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE MEDIDAS PARA ADOLESCENTES

Fuente oficial: consultar publicación

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