Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de Morelos
Artículo 92
Vigencia verificada: 23 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 92.- Concepto de máxima prioridad.
A fin de que la detención provisional sea lo más breve posible, los tribunales y los
órganos de investigación deberán considerar de máxima prioridad la tramitación
efectiva de los casos en que un adolescente se encuentre detenido.
CAPÍTULO X
JUICIO
Fuente oficial: consultar publicación
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