Ley de la División Territorial del Estado de Morelos
Artículo 14
Vigencia verificada: 12 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 14.- Corresponden a la jurisdicción del Municipio de Jojutla, los
siguientes centros de población:
Chisco, El Higuerón, Jícarero, JOJUTLA, Cabecera del Municipio; Panchimalco,
Río Seco, Tehuixtla, Tequesquitengo, Tlatenchi y Vicente Aranda.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- RESOLUCIONES JUDICIALES. (s/clave)
- SENTENCIAS NO DEFINITIVAS. (s/clave)
- EJECUCION. (s/clave)
- CONSTITUCIONES DE LOS ESTADOS.- (729)
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