Ley de la División Territorial del Estado de Morelos
Artículo 30
Vigencia verificada: 12 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 30.- Corresponden a la jurisdicción del Municipio de Yautepec, los
siguientes centros de población:
Atlihuayán, Cocoyoc, Ignacio Bastida, Itzamatitlán, La Nopalera, Los Arcos,
Oacalco, Oaxtepec, El Caracol y YAUTEPEC, Cabecera del Municipio.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- MINATITLAN. (s/clave)
- JUEZ DE DISTRITO DE TUXPAN. (s/clave)
- LEY DE INQUILINATO EN EL ESTADO DE YUCATAN. (s/clave)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- CONSTITUCIONES DE LOS ESTADOS.- (729)
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