Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad · Titulo SEGUNDO — DE LA ORGANIZACIÓN, INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD · Capitulo II — De la organización e integración del Consejo de Administración · Seccion Quinta — De los Comités
Artículo 44
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 44.- El Comité de Recursos Humanos, Remuneraciones y Austeridad es presidido por una persona consejera independiente de manera rotatoria anual, lo integran al menos las personas titulares de las Secretarías de Energía y de Hacienda y Crédito Público y tiene a su cargo las siguientes funciones:
I. Proponer al Consejo de Administración el mecanismo de remuneración de la persona titular de la Dirección General y de las personas con cargos directivos de los tres niveles jerárquicos inferiores a éste;
II. Proponer al Consejo de Administración la política de contratación, de evaluación del desempeño y de remuneraciones del resto del personal de la Comisión Federal de Electricidad y de sus empresas filiales, debiendo cumplir con lo dispuesto en la legislación y el contrato colectivo de trabajo y reglamento vigentes aplicables;
III. Vigilar el cumplimento de los lineamientos de austeridad en el gasto y uso de recursos de acuerdo con lo establecido en la presente Ley y demás disposiciones aplicables;
IV. Analizar y recomendar de manera anual al Consejo de Administración, el informe que presente la administración sobre cumplimiento de los principios de austeridad, conforme a los lineamientos que el propio Consejo autorice;
V. Recomendar al Consejo de Administración la modificación y acciones de mejora de los lineamientos de austeridad;
VI. Auxiliar al Consejo de Administración, en los términos que éste le ordene, en el seguimiento de las políticas de recursos humanos, remuneraciones y austeridad que haya aprobado;
VII. Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos, compromisos y autorizaciones que, en materia de recursos humanos, remuneraciones y austeridad le especifique el Consejo de Administración;
VIII. Proponer para aprobación del Consejo de Administración los lineamientos para la formalización de los convenios de capacitación, certificación y actualización que la Comisión Federal de Electricidad pueda suscribir con instituciones públicas y privadas, nacionales o internacionales, y
IX. Las demás que determine el Consejo de Administración.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PERSONALIDAD. EL DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, SE ENCUENTRA AUTORIZADO PARA TRANSMITIR A LOS APODERADOS QUE ÉL DESIGNE LA FACULTAD PARA QUE ÉSTOS A SU VE (116)
- PERSONALIDAD. EL DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, SE ENCUENTRA AUTORIZADO PARA TRANSMITIR A LOS APODERADOS QUE ÉL DESIGNE LA FACULTAD PARA QUE ÉSTOS A SU VE (VIII.1o.44 L)
- COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, SU REPRESENTACION EN EL AMPARO. (s/clave)
- COMPETENCIA. LA TIENE, PARA IMPONER SANCIONES A SUS SERVIDORES PÚBLICOS, EL TITULAR DE DENUNCIAS Y RESPONSABILIDADES DE LA CONTRALORÍA INTERNA DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDA (I.4o.A.316 A )
- COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD, SU REPRESENTACION EN EL AMPARO. (s/clave)
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