Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad · Titulo SEGUNDO — DE LA ORGANIZACIÓN, INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD · Capitulo II — De la organización e integración del Consejo de Administración · Seccion Quinta — De los Comités
Artículo 46
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 46.- El Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obras es presidido por una persona consejera independiente de manera rotatoria anual y tiene las siguientes funciones:
I. Formular recomendaciones a la persona titular de la Dirección General sobre aspectos concretos que puedan incluirse en las políticas y disposiciones que, en materia de contrataciones, proponga al Consejo de Administración;
II. Opinar sobre las propuestas que la persona titular de la Dirección General presente respecto a las políticas y disposiciones en materia de contrataciones y, en su caso, recomendar su aprobación al Consejo de Administración;
III. Formular opiniones, a solicitud del Consejo de Administración, sobre las contrataciones que se sometan a consideración de éste en términos de las disposiciones aplicables;
IV. Dar seguimiento a las adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras que, en términos de la fracción IX del artículo 15 de esta Ley, hayan sido autorizadas por el Consejo de Administración;
V. Aprobar los casos en que proceda la excepción a concurso abierto para que la Comisión Federal de Electricidad contrate con sus empresas filiales;
VI. Revisar los programas anuales de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras y formular las recomendaciones que estime pertinentes al Consejo de Administración, y
VII. Las demás que determine el Consejo de Administración.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PERSONALIDAD. EL DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, SE ENCUENTRA AUTORIZADO PARA TRANSMITIR A LOS APODERADOS QUE ÉL DESIGNE LA FACULTAD PARA QUE ÉSTOS A SU VE (116)
- PERSONALIDAD. EL DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, SE ENCUENTRA AUTORIZADO PARA TRANSMITIR A LOS APODERADOS QUE ÉL DESIGNE LA FACULTAD PARA QUE ÉSTOS A SU VE (VIII.1o.44 L)
- COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. CONTRA LOS ACTOS QUE EMITE EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA QUE OTORGA EN EXCLUSIVA, PROCEDE EL RECURSO DE REVISIÓN CONF (2a. CVI/2014 (10a.))
- COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. ESTÁ SUJETA A LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO, AL SER UN ENTE PÚBLICO FEDERAL. (I.1o.A.165 A (10a.))
- COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD. NO ES AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DEL JUICIO DE GARANTIAS. (s/clave)
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