Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos Estatal y Municipales, así como de los Organismos Descent

Artículo 23

Ordenamiento: Ley de los Trabajadores al Servicio de los Gobiernos Estatal y Municipales, así como de los Organismos Descentralizados del Estado de Hidalg · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: 2025-07-24

Vigencia verificada: 19 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 23. - La cuantía del salario uniforme fijado en los términos del artículo anterior, no podrá ser

disminuida durante la vigencia del presupuesto de Egresos que corresponda.

Instituto de Estudios Legislativos

9

Por cada cinco años de servicio efectivos prestados hasta llegar a veinticinco, los trabajadores tendrán

derecho al pago de una prima como complemento del salario. En los Presupuesto de Egresos

correspondientes, se fijará oportunamente el monto o proporción de dicha prima.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 22Índice de la leyArt. 23 - Párrafo 2 →

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-29)

Artículo 23. - La cuantía del salario uniforme fijado en los términos del artículo anterior, no podrá ser

disminuida durante la vigencia del presupuesto de Egresos que corresponda.

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis