Artículo 52
Vigencia verificada: 19 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 52.- Los titulares darán a conocer a las Comisiones Mixtas de Escalafón las vacantes que se
presenten dentro de los diez días siguientes en que se dicte el aviso de baja o se apruebe oficialmente la
creación de plazas de base.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ACUERDOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- LEYES, OBLIGATORIEDAD DE LAS. (s/clave)
- AMPAROS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- RESPONSABILIDADES OFICIALES. (s/clave)
- ACUERDOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
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