Ley de Movilidad, Transporte y Seguridad Vial del Estado de Morelos
Artículo 14
Vigencia verificada: 22 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
La Coordinación General será la responsable de planear, regular,
organizar, gestionar, supervisar, evaluar y sancionar en materia de movilidad,
transporte y seguridad vial en el Estado.
Así mismo, tendrá la naturaleza jurídica de un Organismo Público Descentralizado,
conforme lo establecido en su Decreto de creación.
Artículo 15.
Fuente oficial: consultar publicación
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