LEY DE PENSIONES DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
Artículo 19
Vigencia verificada: 20 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 19. Se deroga.
Fuente oficial: consultar publicación
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-28)
(DEROGADO, G.O. 12 DE NOVIEMBRE DE 2015)
Artículo 19. Derogado.
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