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Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Hidalgo. · Titulo SEGUNDO — PRINCIPIOS Y DEBERES · Capitulo II — DE LOS DEBERES

Artículo 30

Ordenamiento: Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Hidalgo. · Ámbito: Hidalgo
Última reforma: —

Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 30. El responsable deberá actualizar el Documento de seguridad cuando ocurran los siguientes

eventos:

I.- Se produzcan modificaciones sustanciales al tratamiento de datos personales que deriven en un cambio

en el nivel de riesgo;

II.- Como resultado de un proceso de mejora continua, derivado del monitoreo y revisión del sistema de

gestión;

III.- Como resultado de un proceso de mejora para mitigar el impacto de una vulneración a la seguridad

ocurrida, y

IV.- Implementación de acciones correctivas y preventivas ante una vulneración de seguridad.

Fuente oficial: consultar publicación

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