Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Hidalgo. · Titulo CUARTO — RELACIÓN DEL RESPONSABLE Y LA PERSONA ENCARGADA · Capitulo ÚNICO — RESPONSABLE Y PERSONA ENCARGADA
Artículo 53
Vigencia verificada: 27 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 53. La relación entre el responsable y la Persona encargada deberá estar formalizada mediante
contrato o cualquier otro instrumento jurídico que decida el responsable, de conformidad con las
disposiciones jurídicas aplicables, y que permita acreditar su existencia, alcance y contenido.
En el contrato o instrumento jurídico que decida el responsable se deberán prever, al menos, las siguientes
cláusulas generales relacionadas con los servicios que preste la Persona encargada:
I.- Realizar el tratamiento de los datos personales conforme a las instrucciones del responsable;
II.- Abstenerse de tratar los datos personales para finalidades distintas a las instruidas por el responsable;
III.- Implementar las medidas de seguridad conforme a los instrumentos jurídicos aplicables;
IV.- Informar al responsable cuando ocurra una vulneración a los datos personales que trata por sus
instrucciones;
V.- Guardar confidencialidad respecto de los datos personales tratados;
VI.- Suprimir o devolver los datos personales objeto de tratamiento, una vez cumplida la relación jurídica
con el responsable, siempre y cuando no exista una previsión legal que exija la conservación de los datos
personales, y
VII.- Abstenerse de transferir los datos personales salvo en el caso de que el responsable así lo determine,
o la comunicación derive de una subcontratación, o por mandato expreso de la autoridad competente.
Los acuerdos entre el responsable y el encargado relacionados con el tratamiento de datos personales no
deberán contravenir la presente Ley, y demás disposiciones aplicables, así como lo establecido en el Aviso
de privacidad correspondiente.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. LOS SUJETOS OBLIGADOS EN SU CALIDAD DE DEPOSITARIOS DEBEN NOTIFICAR Y OBTENER EL CONSENTIMIENTO DE LOS PARTICULARES TITULARES DE LA (2a. XI/2019 (10a.))
- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES. MOMENTO EN QUE INICIA EL CÓMPUTO DEL PLAZO DE QUINCE DÍAS QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 45 DE LA LEY FEDERAL RELATIVA PA (I.4o.A.117 A (10a.))
- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL. LA CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS PERSONALES SÓLO CONSTITUYE UN DERECHO PARA LAS PERSONAS FÍSICAS MAS NO DE LAS MORALE (XIII.3o.12 A)
- CONTRATOS. (s/clave)
- ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. LA FRACCIÓN XII DEL ARTÍCULO 7 DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL (ABROGADA), ESTABLECE UNA EXCEPCI (I.6o.A.20 A (10a.))
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