Corpus
Modo: Corpus Pro

Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes

Artículo 249

Ordenamiento: Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-07-13

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 249.- Tratándose de delitos del orden federal cuya comisión se impute a la

persona Titular del Poder Ejecutivo del Estado, a las personas Diputadas locales,

a las personas Magistradas adscritas al Supremo Tribunal de Justicia, al Tribunal

de Disciplina Judicial, al Tribunal de Justicia Administrativa, al Tribunal Electoral

olas personas integrantes del Órgano de Administración Judicial del Poder

Judicial del Estado, una vez recibida por el Congreso del Estado la

Declaratoria de Procedencia por la Comisión de Delitos dictada por la Cámara

de Diputados del Congreso de la Unión, la Legislatura Local procederá en lo

pertinente conforme a lo previsto en la presente Ley.

La persona servidora pública quedará a disposición de las autoridades competentes

para que procedan conforme a la legislación aplicable, debiendo comunicar a la

Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la resolución que se dicte.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 248Índice de la leyArt. 250 →

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)

Artículo 249.- Tratándose de delitos del orden federal cuya comisión se impute al

titular del Poder Ejecutivo del Estado, a los Diputados locales, a los Magistrados

adscritos al Poder Judicial o a los miembros del Consejo de la Judicatura local, una

vez recibida por el Con greso del Estado la Declaratoria de Procedencia por la

LEY DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ESTADO DE

AGUASCALIENTES.

Última actualización: 13/05/2024.

Comisión de Delitos dictada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión,

la Legislatura Local procederá en lo pertinente conforme a lo previsto en la presente

Ley.

El servidor público quedará a disposición de las autoridades competentes para que

procedan conforme a la legislación aplicable, debiendo comunicar a la Cámara de

Diputados del Congreso de la Unión la resolución que se dicte.

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.