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Modo: Corpus Pro

Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes

Artículo 25

Ordenamiento: Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-07-13

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 25. - En los casos en que la declaración de situación patrimonial del

declarante refleje un incremento en su patrimonio que no sea explicable o

justificable en virtud de su remuneración como servidor público, la Contraloría y los

órganos internos de control de los entes públicos, inmediatamente solicitarán sea

aclarado el origen de dicho enriquecimiento; de no justificarse la procedencia de

dicho enriquecim iento, procederán a integrar el expediente correspondiente para

darle trámite conforme a lo establecido en esta Ley, y formularán, en su caso, la

denuncia correspondiente ante el Ministerio Público.

(REFORMADO, P.O. 24 DE JULIO DE 2023)

Fuente oficial: consultar publicación

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