Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Hidalgo
Artículo 48
Vigencia verificada: 4 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 48. Incurrirán en falta administrativa no grave, las personas servidoras públicas cuyos acciones u
omisiones incumplan o transgredan lo contenido en las obligaciones siguientes:
I. Cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas, observando en su desempeño
disciplina y respeto, tanto a las demás personas servidoras públicas como a los particulares con los
que llegare a tratar, en los términos que se establezcan en los Códigos de Ética que se refiere el
Fuente oficial: consultar publicación
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-08-05)
Artículo 48. Incurrirán en falta administrativa no grave, las personas servidoras públicas cuyos acciones u
omisiones incumplan o transgredan lo contenido en las obligaciones siguientes:
I. Cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas, observando en su desempeño
disciplina y respeto, tanto a las demás personas servidoras públicas como a los particulares con los
que llegare a tratar, en los términos que se establezcan en el Código de Ética que se refiere el artículo
15 de esta Ley;
II. Denunciar los acciones u omisiones que en ejercicio de sus funciones llegare a advertir, que puedan
constituir faltas administrativas, en términos del artículo 111 de esta Ley;
III. Atender las instrucciones y/o recomendaciones de sus superiores, siempre que éstas sean acordes
con las disposiciones relacionadas con el servicio público.
En caso de recibir instrucción o encomienda contraria a dichas disposiciones y que puedan constituir
la existencia de faltas administrativas deberá denunciar esta circunstancia en términos del artículo
113 de esta Ley;
IV. Presentar en tiempo y forma las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, en los
términos establecidos por esta Ley;
V. Registrar, integrar, custodiar y cuidar la documentación e información que, por razón de su empleo,
cargo o comisión, tenga bajo su responsabilidad, e impedir o evitar su uso, divulgación, sustracción,
destrucción, ocultamiento o inutilización indebidos;
VI. Supervisar que las personas servidoras públicas sujetos a su dirección, cumplan con las
disposiciones de este artículo;
VII. Rendir cuentas sobre el ejercicio de las funciones, en términos de las normas aplicables;
VIII. Colaborar en los procedimientos judiciales y administrativos en los que sea parte, y;
IX. Cerciorarse, antes de la celebración de contratos de adquisiciones, arrendamientos o para la
enajenación de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza o la contratación
de obra pública o servicios relacionados con ésta, que el particular manifieste bajo protesta de decir
verdad que no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar
de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de
Interés. Las manifestaciones respectivas deberán constar por escrito y hacerse del conocimiento del
Órgano Interno de Control, previo a la celebración del acto en cuestión. En caso de que el contratista
sea persona moral, dichas manifestaciones deberán presentarse respecto a los socios o accionistas
que ejerzan control sobre la sociedad.
Para efectos de esta Ley se entiende que un socio o accionista ejerce control sobre una sociedad cuando
sean administradores o formen parte del consejo de administración, o bien conjunta o separadamente,
directa o indirectamente, mantengan la titularidad de derechos que permitan ejercer el voto respecto de
más del cincuenta por ciento del capital, tengan poder decisorio en sus asambleas, estén en posibilidades de
nombrar a la mayoría de los miembros de su órgano de administración o por cualquier otro medio tengan
facultades de tomar las decisiones fundamentales de dichas personas morales.
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis