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Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León

Artículo 1

Ordenamiento: Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León · Ámbito: Nuevo León
Última reforma: 2026-10-02

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

(REFORMADO, P.O. 24 DE DICIEMBRE DE 2021)

Artículo 1. La presente Ley es de orden público, de observancia general en el Estado y

tiene por objeto, en los términos señalados por la Ley General de Responsabilidades

Administrativas, determinar las competencias de las aut oridades estatales y

municipales, para establecer las responsabilidades administrativas de los Servidores

Público, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que

estos incurran y las que correspondan a los particulares vinculad os con faltas

administrativas graves, o en situación especial, así como los procedimientos para su

aplicación.

En el ámbito de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los Órganos

Constitucionalmente Autónomos, así como en los Municipios, los órganos de vigilancia

o control interno correspondientes ejercerán las atribuciones previstas en esta Ley.

Fuente oficial: consultar publicación

Índice de la leyArt. 2 →

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