Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Nuevo León
Artículo 2
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 2. Son objeto de la presente Ley:
I. Establecer los principios y obligaciones que rigen la actuación de los Servidores
Públicos;
II. Establecer principios y mecanismos para fomentar una cultura de integridad pública,
que promueva el honesto y eficiente desempeño del servidor público y del particular que
ofrezca sus servicios a favor de uno o varios entes públicos;
(REFORMADA, P.O. 24 DE DICIEMBRE DE 2021)
lll. Establecer las faltas administrativas graves y no graves de los Servidores Públicos,
las sanciones aplicables a las mismas, así como los procedimientos para su aplicación
y las facultades de las autoridades competentes para tal efecto;
(REFORMADA, P.O. 24 DE DICIEMBRE DE 2021)
lV. ldentificar las faltas administrativas;
V. Establecer las sanciones por la comisión de faltas de particulares, así como los
procedimientos para su aplicación y las facultades de las autoridades competentes para
tal efecto;
VI. Determinar los mecanismos para la prevención, corrección e investigación de
responsabilidades administrativas;
VII. Crear las bases para que todo Ente público establezca políticas eficaces de ética
pública y responsabilidad en el servicio público.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS CORRESPONDIENTES SURGE COMO CONSECUENCIA DE SUS ACTOS U OMISIONES DEFINIDOS EN LA PROPI (I.4o.A.521 A)
- SERVIDORES PÚBLICOS. SU RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA SURGE COMO CONSECUENCIA DE LOS ACTOS U OMISIONES PREVISTOS EN LA LEGISLACIÓN QUE RIGE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO Y SU (917)
- SERVIDORES PÚBLICOS. SU RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA SURGE COMO CONSECUENCIA DE LOS ACTOS U OMISIONES PREVISTOS EN LA LEGISLACIÓN QUE RIGE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO Y SU (I.4o.A. J/22)
- RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. PARA EFECTOS DE ESA MATERIA DEBEN CONSIDERARSE LAS SANCIONES DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO EN UN SENTIDO AMPLIO. (I.7o.A.346 A)
- RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. OBJETIVO DEL PROCEDIMIENTO RELATIVO.- (26)
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