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Modo: Corpus Pro

Ley de Salud del Estado de Morelos

Artículo 31

Ordenamiento: Ley de Salud del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-16

Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 31.- El Ejecutivo del Estado podrá celebrar convenios de coordinación y

cooperación sanitaria con los gobiernos de los Estados circunvecinos, sobre

aquellas materias que sean de interés común.

Fuente oficial: consultar publicación

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