Corpus
Modo: Corpus Pro

Ley de Salud del Estado de Morelos

Artículo 73 Ter

Ordenamiento: Ley de Salud del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-16

Vigencia verificada: 25 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 73 Ter. - Quedan exceptuadas de la prohibición prevista en el artículo

anterior las cirugías reconstructivas a niñas, niños y adolescentes, que tengan como

finalidad el restaurar funciones y corregir malformaciones o discapacidad congénita

o adquiridas, traumas o enfermedades que comprometan funciones orgánicas,

desarrollo psicosocial o salud mental, en los términos previstos en la Ley General

de Salud y la Normatividad vigente.

NOTAS:

REFORMA VIGENTE. Se adiciona se adiciona el artículo 73 Ter, por ARTÍCULO PRIMERO, del

Decreto No. 1347, publicado en el

2026/09/16. Vigencia: 2026/09/17.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 73 QuaterÍndice de la leyArt. 73 BIS →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.