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Ley de Transformación Digital del Estado de Morelos

Artículo 120

Ordenamiento: Ley de Transformación Digital del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-09

Vigencia verificada: 30 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 120. En materia de Gobernanza de los Datos, la Agencia, tendrá las

siguientes atribuciones:

I. Establecer la Política de Gestión de Datos que determinen los procesos de

generación, recolección, almacenamiento, análisis, publicación, compartición,

intercambio, preservación, gestión y uso de los datos que genere o posea la

Administración Pública Estatal, en el ámbito de sus respectivas competencias;

II. Capacitar en materia de datos, tanto a los Agentes de Transformación Digital

como a las personas servidoras públicas interesadas en adquirir habilidades

específicas en materia de gestión de datos;

III. Diseñar un Inventario de Datos con la información que genere o posea la

Administración Pública Estatal;

IV. Diseñar, definir, establecer, implementar y solicitar a las Unidades de la

Administración Pública Estatal la implementación de los mecanismos o

sistemas para interoperar la información generada o en po sesión de los

mismos, priorizando el uso de estándares técnicos que permitan el intercambio

e integración continúa de los datos;

V. Analizar, visualizar, extraer y procesar la información y los conjuntos de

datos administrados en los sistemas de información de origen de los Entes;

VI. Diseñar, definir y gestionar los estándares de homologación de los conjuntos

de datos y de la solicitud de administración de los mismos que garantice de

manera permanente y continua la interoperabilidad, procesamiento y

explotación de los datos generados o en posesión de las Unidades de la

Administración Pública Estatal;

VII. Establecer por sí misma o en colaboración con las unidades administrativas

de la Administración Pública Estatal, la Política de Gestión de Datos, que

permita analiz ar los datos, brindar soluciones de política pública basadas en

evidencia, diseñar y ejecutar proyectos estratégicos para la Administración

Pública Estatal, para difusión pública o consumo interno según sea el caso y

colaborar con las Unidades de la Admini stración Pública Estatal en el diseño,

Periódico Oficial 6475 Extraordinaria “Tierra y Libertad”

Ley de Transformación Digital del Estado de Morelos

Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.

implementación y evaluación de políticas públicas experimentales en las

materias de su competencia, y

VIII. Las demás que determine la Ley, su Reglamento y demás disposiciones

aplicables.

Fuente oficial: consultar publicación

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