Ley de Transformación Digital del Estado de Morelos
Artículo 76
Vigencia verificada: 16 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 76. La Estrategia Digital Estatal se actualizará sexenalmente y deberá
estar alineada al Plan Estatal de Desarrollo, tendrá una visión de largo plazo, a fin
de impulsar como elementos permanentes el desarrollo estatal y como
consecuencia, el nacional.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PODERES PUBLICOS. (s/clave)
- DESARROLLO SOCIAL. ES PARTE INTEGRANTE DE LA PLANEACIÓN NACIONAL DEL DESARROLLO, POR LO QUE ES UNA MATERIA COORDINADA ENTRE LOS DISTINTOS NIVELES DE GOBIERNO, EN SUS RESPECTIVAS CO (P./J. 77/2009 )
- DESARROLLO SOCIAL. ES PARTE INTEGRANTE DE LA PLANEACIÓN NACIONAL DEL DESARROLLO, POR LO QUE ES UNA MATERIA COORDINADA ENTRE LOS DISTINTOS NIVELES DE GOBIERNO, EN SUS RESPECTIVAS CO (30)
- EJECUTIVO DEL ESTADO. (s/clave)
- MODIFICACION O DEROGACION DE LEYES. (s/clave)
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