Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo. · Titulo PRIMERO — DISPOSICIONES GENERALES · Capitulo II — DE LOS PRINCIPIOS GENERALES · Seccion SEGUNDA — DE LOS PRINCIPIOS EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA
Artículo 13
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 13. Las Autoridades garantes, en el ámbito de sus atribuciones, deberán suplir cualquier
deficiencia para garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información, sin que ello implique variar
la solicitud, atendiendo al principio de congruencia.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DERECHO DE PETICION. (s/clave)
- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. LOS SUJETOS OBLIGADOS EN SU CALIDAD DE DEPOSITARIOS DEBEN NOTIFICAR Y OBTENER EL CONSENTIMIENTO DE LOS PARTICULARES TITULARES DE LA (2a. XI/2019 (10a.))
- PETICION, DERECHO DE. (s/clave)
- DERECHO DE PETICION. (s/clave)
- PROTECCION CONSTITUCIONAL. (s/clave)
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