Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo.
Artículo 70
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 70. Las determinaciones que emitan las Autoridades garantes deberán establecer los
requerimientos, recomendaciones u observaciones que formulen y los términos y plazos en los que los
Sujetos obligados deberán atenderlas. El incumplimiento a los requerimientos formulados, será motivo para
aplicar las medidas de apremio, sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- AUTORIDADES. (s/clave)
- REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES. (s/clave)
- CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES. (s/clave)
- AUTORIDADES, DEBEN FUNDAR SU RESOLUCION. (s/clave)
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