Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo.
Artículo 71
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 71. Las Autoridades garantes vigilarán el debido cumplimiento a las obligaciones de transparencia
que publiquen los Sujetos obligados con lo dispuesto en los artículos 56 a 65 de esta Ley y demás
disposiciones jurídicas aplicables.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- PROMULGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- INFORME DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE. (s/clave)
- ACTOS RECLAMADOS. (s/clave)
- ACTOS RECLAMADOS. (s/clave)
- INFORME CON JUSTIFICACION. (s/clave)
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