Ley de Turismo Sustentable del Estado de Hidalgo
Artículo 8
Vigencia verificada: 14 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 8.- Para la debida atención de los asuntos concernientes a la Secretaría y de conformidad
con las disposiciones aplicables, las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal y
Municipal, en el ámbito de sus respectivas com petencias, deberán apoyar a la misma en el ejercicio de
sus atribuciones. Por tanto, corresponde a la Secretaría:
I. Conducir el Sistema Estatal de Turismo Sustentable, coordinando la interacción de las
Dependencias y Entidades relacionadas con la actividad, que por sus características multidisciplinarias y
de transversalidad sectorial, establecen vínculos y relaciones para el desarrollo y promoción de la
actividad.
El sistema parte y dispone de la participación de todos los subsectores y actores que interv ienen en la
actividad, dada la necesaria interacción del sector, al demandar la intervención y las acciones de los
distintos Poderes, los diferentes niveles de G obierno, los representantes de la iniciativa privada y de la
sociedad civil en su conjunto.
Corresponde a la Secretaría desarrollar y proponer los instrumentos jurídicos necesarios para consolidar,
fortalecer y buscar las sinergias necesarias para llevar a cabo los compromisos programáticos que le
conciernan.
II. Participar con la Secretaría de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial del Gobierno de Hidalgo en:
A) Establecer las necesidades de transporte terrestre que garanticen el acceso a los atractivos turísticos
establecidos y con potencial del Estado; y
Reformada numeración a inciso P.O. Alcance uno del 8 de julio de 2026.
B) Colaborar en la identificación de las necesidades de señalización para facilitar el acceso a las Zonas
de Desarrollo Turístico Estatal Prioritario y a los atractivos turísticos del Estado.
Reformada numeración a inciso P.O. Alcance uno del 8 de julio de 2026.
III. Coadyuvar y coordinar con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo:
A) La instrumentación de programas y medidas para la preservación y aprovechamiento de los recursos
naturales, de la prevención de cualquier forma de contaminación, así como promover el turismo
alternativo y sustentable de bajo impacto en atractivos y medio ambiente;
Fracción reformada P.O. Alcance dos del 18 de junio de 2024.
Reformada numeración a inciso P.O. Alcance uno del 8 de julio de 2026.
B) La promoción y desarrollo del turismo de naturaleza, en los lugares propicios para ello, cuidando el
impacto ecológico y preservando el paisaje natural;
Fracción reformada P.O. Alcance dos del 18 de junio de 2024.
Reformada numeración a inciso P.O. Alcance uno del 8 de julio de 2026.
,
Instituto de Estudios Legislativos.
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C) Mantenimiento, limpieza y mejoramiento ambiental de lugares turísticos para evitar el deterioro del
paisaje natural y urbano; y
Fracción reformada P.O. Alcance dos del 18 de junio de 202 4.
Reformada numeración a inciso P.O. Alcance uno del 8 de julio de 2026 .
D) Minimizar la generación de residuos y prohibir la utilización de plásticos de un solo uso descartables,
de acuerdo con la legislación vigente.
Fracción reformada P.O. Alcance dos del 18 de junio de 2024.
Reformada numeración a inciso P.O. Alcance uno del 8 de julio de 2026.
IV. Promover y fomentar con la Secretaría de Desarrollo Económico del Estado de Hidalgo:
A) La inversión de capitales nacionales y extranjeros en proyectos de desarrollo turístico y para el
establecimiento de servicios turísticos;
Reformada numeración a inciso P.O. Alcance uno del 8 de julio de 2026.
B) Las modalidades de financiamiento público y privado en esquemas preferenciales a los empresarios y
emprendedores hidalguenses, mediante la instancia estatal correspondiente;
Reformada numeración a inciso P.O. Alcance uno del 8 de julio de 2026.
C) Las acciones tendientes a fortalecer y promover a las micro, pequeñas y medianas empresas
turísticas;
Reformada numeración a inciso P.O. Alcance uno del 8 de julio de 2026.
D) La instrumentación, en coordinación con las autoridades Federales y de los Municipios competentes,
de mecanismos y programas tendientes a facilitar los trámites y gestión de los inversionistas, que
permitan la expedita apertura y operación de negocios y empresas en los destinos turísticos; y
Reformada numeración a inciso P.O. Alcance uno del 8 de julio de 2026.
E) El uso y aplicación de los fondos federales disponibles que son sujetos de ut ilización por parte del
sector turismo, prestando especial interés a los correspondientes al Fondo Pymes y los Fondos del
Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, entre otros.
Reformada numeración a inciso P.O. Alcance uno del 8 de julio de 2026.
V. Promover y apoyar con la Secretaría de Seguridad Pública y con la Procuraduría General de Justicia
del Estado de Hidalgo:
A) Promover acciones de protección, seguridad y asistencia legal de los turistas durante su estancia en el
Estado, así como de los prestadores de servicios turísticos y población residente; y
Inciso reformado P.O. Alcance uno del 8 de julio de 2026.
B) La colaboración y ayuda a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo, respecto a la
creación de medidas y acciones que garanticen el apoyo a los turistas durante algún posible
acontecimiento que les suceda durante su estancia en el Estado;
Numeración reformada a inciso P.O. Alcance uno del 8 de julio de 2026.
VI. Promover e impulsar con la Secretaría de Educación Pública del Poder Ejecutivo del Estado de
Hidalgo:
A) Los estudios e investigaciones sobre el turismo y la cultura que se relacionen con el aprovechamiento
y conservación del patrimonial del Estado;
Numeración reformada a inciso P.O. Alcance uno del 8 de julio de 2026.
B) La difusión de la importancia de respetar y conservar los atractivos turísticos, así como inculcar el
espíritu de servicio y hospitalidad hacia el turista nacional y extranjero; y
Numeración reformada a inciso P.O. Alcance uno del 8 de julio de 2 026.
,
Instituto de Estudios Legislativos.
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C) El trabajo conjunto y coordinado con los centros de enseñanza de los diferentes niveles en los
programas que fortalezcan la certificación de la planta laboral.
Numeración reformada a inciso P.O. Alcance uno del 8 de julio de 2026.
VII. Colaborar con la Secretaría de Trabajo y Previsión Social del Estado de Hidalgo, en el desarrollo
de programas de fomento al empleo turístico, así como de capacitación y profesionalización de los
prestadores de servicios turísticos, incorporando a las personas con alguna discapacidad y personas de
la tercera edad;
VIII. Promover y fomentar, en coordinación con las secretarías de Cultura del Gobierno Federal y Estatal,
el patrimonio histórico, artístico, arqueológico y cultural del Estado de Hidalgo;
IX. Coadyuvar con los centros de enseñanza superior, Dependencias y Entidades de la Administración
Pública Estatal, para impulsar proyectos productivos, inversión turística, y de investigación que cumplan
con las disposiciones legales y normativas aplicables;
X. Bajo la coordinación de la Secretaría de Finanzas Públicas y Administración del Gobierno de Hidalgo,
apoyar la instrumentación de los estímulos fiscales autorizados y aplicables, dirigidos a elevar la inversión
y el empleo en el sector turístico, de acuerdo a las disposiciones legales en la materia;
XI. La Secretaría, en coordinación y con base en los lineamientos que determinen la Unidad de
Planeación y Prospectiva, así como la Secretaría de Finanzas Públicas, ambas del Gobierno del Estado
de Hidalgo, diseñar á y operará el Módulo de Evaluación del Desempeño del Sector Turístico, como
instrumento estratégico de planeación, seguimiento y evaluación del sector;
XII. Coadyuvar con la Secretaría de Salud de Hidalgo, en el fomento de programas y medidas para la
protección contra riesgos sanitarios y prevención de enfermedades, así como en la promoción de las
normas de higiene y control sanitario en las instalaciones y servicios turísticos;
XII Bis. En coordinación con la Secretaría de Salud, y en el ámbito de comp etencia de cada
dependencia, promover el diseño de estrategias preventivas para la protección del sector turístico estatal
en caso de contingencias sanitarias;
Fracción adicionada P.O. Alcance cuatro de 4 de abril de 2024.
Fracción reformada, P.O. Alcance tres del 30 de mayo de 2024.
XII Ter. Colaborar y participar con la Secretaría de Salud de Hidalgo, la Secretaría de Salud de la
Administración Pública Federal y la Secretaría de Turismo de la Administración Pública Federal, en el
establecimiento de programas, lineamientos, criterios y estándares respecto a la calidad en la prestación
de servicios médicos en la industria de Turismo Médico y de Salud, así como celebrar convenios o
cualquier otro acto tendente a la promoción y fomento del Turismo Médico y de Salud; y
Fracción adicionada, P.O. Alcance tres del 30 de mayo de 2024.
XIII. Las demás previstas en éste y otros ordenamientos aplicables.
Fracción recorrida, P.O. Alcance tres del 30 de mayo de 2024.
CAPÍTULO IV
DE LOS MUNICIPIOS
Fuente oficial: consultar publicación
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-08-05)
Artículo 8.- Para la debida atención de los asuntos concernientes a la Secretaría y de conformidad
con las disposiciones aplicables, las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal y
Municipal, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán apoyar a la misma en el ejercicio de
sus atribuciones. Por tanto, corresponde a la Secretaría:
I. Conducir el Sistema Estatal de Turismo Sustentable, coordinando la interacción de las
Dependencias y Entidades relacionadas con la actividad, que por sus características multidisciplinarias y
de transversalidad sectorial, establecen vínculos y relaciones para el desarrollo y promoción de la
actividad.
El sistema parte y dispone de la participación de todos los subsectores y actores que intervienen en la
actividad, dada la necesaria interacción del sector, al demandar la intervención y las acciones de los
distintos Poderes, los diferentes niveles de G obierno, los representantes de la iniciativa privada y de la
sociedad civil en su conjunto.
Corresponde a la Secretaría desarrollar y proponer los instrumentos jurídicos necesarios para consolidar,
fortalecer y buscar las sinergias necesarias para llevar a cabo los compromisos programáticos que le
conciernan.
II. Participar con la Secretaría de Obras Públicas y Ordenamiento Territorial del Gobierno de Hidalgo en:
II.1. Establecer las necesidades de transporte terrestre que garanticen el acceso a los atractivos turísticos
establecidos y con potencial del Estado; y
II.2. Colaborar en la identificación de las necesidades de señalización para facilitar el acceso a las Zonas
de Desarrollo Turístico Estatal Prioritario y a los atractivos turísticos del Estado;
III. Coadyuvar y coordinar con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo:
III.1. La instrumentación de programas y medidas para la preservación y aprovechamiento de los
recursos naturales, de la prevención de cualquier forma de contaminación, así como promover el turismo
alternativo y sustentable de bajo impacto en atractivos y medio ambiente;
Fracción reformada P.O. Alcance dos del 18 de junio de 2024.
III.2. La promoción y desarrollo del turismo de naturaleza, en los lugares propicios para ello, cuidando el
impacto ecológico y preservando el paisaje natural;
Fracción reformada P.O. Alcance dos del 18 de junio de 2024.
III.3. Mantenimiento, limpieza y mejoramiento ambiental de lugares turísticos para evitar el deterioro del
paisaje natural y urbano; y
Fracción reformada P.O. Alcance dos del 18 de junio de 2024.
III. 4. Minimizar la generación de residuos y prohibir la utilización de plásticos de un solo uso
descartables, de acuerdo con la legislación vigente;
Fracción reformada P.O. Alcance dos del 18 de junio de 2024.
IV. Promover y fomentar con la Secretaría de Desarrollo Económico del Estado de Hidalgo:
IV.1. La inversión de capitales nacionales y extranjeros en proyectos de desarrollo turístico y para el
establecimiento de servicios turísticos;
IV.2. Las modalidades de financiamiento público y privado en esquemas preferenciales a los empresarios
y emprendedores hidalguenses, mediante la instancia estatal correspondiente;
IV.3. Las acciones tendientes a fortalecer y promover a las micro, pequeñas y medianas empresas
turísticas;
IV.4. La instrumentación, en coordinación con las autoridades Federales y de los Municipios
competentes, de mecanismos y programas tendientes a facilitar los trámites y gestión de los
inversionistas, que permitan la expedita apertura y operación de negocios y empresas en los destinos
turísticos; y
IV.5. El uso y aplicación de los fondos federales disponibles que son sujetos de utilización por parte del
sector turismo, prestando especial interés a los correspondientes al Fondo Pymes y los Fondos del
Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, entre otros.
V. Promover y apoyar con la Secretaría de Seguridad Pública y con la Procuraduría General de Justicia
del Estado de Hidalgo:
V.1. La participación con la Secretaría de Seguridad Pública de las acciones de protección de la
integridad física de los turistas, así como su seguridad y asistencia legal durante su estancia en el
Estado; y
V.2. La colaboración y ayuda a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo, respecto a la
creación de medidas y acciones que garanticen el apoyo a los turistas durante algún posible
acontecimiento que les suceda durante su estancia en el Estado;
VI. Promover e impulsar con la Secretaría de Educación Pública del Poder Ejecutivo del Estado de
Hidalgo:
VI.1. Los estudios e investigaciones sobre el turismo y la cultura que se relacionen con el
aprovechamiento y conservación del patrimonial del Estado;
VI.2. La difusión de la importancia de respetar y conservar los atractivos turísticos, así como inculcar el
espíritu de servicio y hospitalidad hacia el turista nacional y extranjero; y
VI.3. El trabajo conjunto y coordinado con los centros de enseñanza de los diferentes niveles en los
programas que fortalezcan la certificación de la planta laboral;
VII. Colaborar con la Secretaría de Trabajo y Previsión Social del Estado de Hidalgo, en el desarrollo
de programas de fomento al empleo turístico, así como de capacitación y profesionalización de los
prestadores de servicios turísticos, incorporando a las personas con alguna discapacidad y personas de
la tercera edad;
VIII. Promover y fomentar, en coordinación con las secretarías de Cultura del Gobierno Federal y Estatal,
el patrimonio histórico, artístico, arqueológico y cultural del Estado de Hidalgo;
IX. Coadyuvar con los centros de enseñanza superior, Dependencias y Entidades de la Administración
Pública Estatal, para impulsar proyectos productivos, inversión turística, y de investigación que cumplan
con las disposiciones legales y normativas aplicables;
X. Bajo la coordinación de la Secretaría de Finanzas Públicas y Administración del Gobierno de Hidalgo,
apoyar la instrumentación de los estímulos fiscales autorizados y aplicables, dirigidos a elevar la inversión
y el empleo en el sector turístico, de acuerdo a las disposiciones legales en la materia;
XI. La Secretaría, en coordinación y con base en los lineamientos que determinen la Unidad de
Planeación y Prospectiva, así como la Secretaría de Finanzas Públicas, ambas del Gobierno del Estado
de Hidalgo, diseñará y operará el Módulo de Evaluación del Desempeño del Sector Turístico, como
instrumento estratégico de planeación, seguimiento y evaluación del sector;
XII. Coadyuvar con la Secretaría de Salud de Hidalgo, en el fomento de programas y medidas para la
protección contra riesgos sanitarios y prevención de enfermedades, así como en la promoción de las
normas de higiene y control sanitario en las instalaciones y servicios turísticos;
XII Bis. En coordinación con la Secretaría de Salud, y en el ámbito de competencia de cada
dependencia, promover el diseño de estrategias preventivas para la protección del sector turístico estatal
en caso de contingencias sanitarias;
Fracción adicionada P.O. Alcance cuatro de 4 de abril de 2024.
Fracción reformada, P.O. Alcance tres del 30 de mayo de 2024.
XII Ter. Colaborar y participar con la Secretaría de Salud de Hidalgo, la Secretaría de Salud de la
Administración Pública Federal y la Secretaría de Turismo de la Administración Pública Federal, en el
establecimiento de programas, lineamientos, criterios y estándares respecto a la calidad en la prestación
de servicios médicos en la industria de Turismo Médico y de Salud, así como celebrar convenios o
cualquier otro acto tendente a la promoción y fomento del Turismo Médico y de Salud; y
Fracción adicionada, P.O. Alcance tres del 30 de mayo de 2024.
XIII. Las demás previstas en éste y otros ordenamientos aplicables.
Fracción recorrida, P.O. Alcance tres del 30 de mayo de 2024.
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