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Ley del Periódico Oficial del Estado de Colima

Artículo 28

Ordenamiento: Ley del Periódico Oficial del Estado de Colima · Ámbito: Colima
Última reforma:

Vigencia verificada: 23 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 28. - Los servidores públicos considerados en la presente ley, que

incurran en las responsabilidades a que se refiere esta misma, serán sujetos de

responsabilidad administrativa y serán sancionados; de conformidad con los

procedimientos dispuestos en la Ley de Responsabilidades de los Servidores

Públicos del Estado de Colima.

Dirección de Procesos Legislativos

9

TRANSITORIOS

ARTÍCULO PRIMERO.- La presente Ley entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el

ARTÍCULO SEGUNDO.- Queda sin efecto, toda disposición que contravenga ésta nueva Ley.

ARTÍCULO TERCERO.- Se abroga la , publicada en fecha

16 de Octubre de 2004.

ARTÍCULO CUARTO.- El Reglamento que se prevé en la presente, deberá ser expedido por el Titular del

Poder Ejecutivo del Estado dentro de los noventa días naturales a partir de la entrada en vigor de esta Ley

y deberá publicarse en el

El Gobernador del Estado dispondrá se publique, circule y observe.

Dado en el Recinto Oficial del Poder Legislativo, a los treinta días del mes de septiembre del año dos mil

quince.

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, LIC. MARIO

ANGUIANO MORENO .-Rúbrica.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. RAFAEL

GUTIÉRREZ VILLALOBOS .-Rúbrica.- LA SECRETARIA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN,

BLANCA ISABEL ÁVALOS FERNÁNDEZ.-Rúbrica.

Fuente oficial: consultar publicación

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Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)

ARTÍCULO 28. - Los servidores públicos considerados en la presente ley, que

incurran en las responsabilidades a que se refiere esta misma, serán sujetos de

responsabilidad administrativa y serán sancionados; de conformidad con los

procedimientos dispuestos en la Ley de Responsabilidades de los Servidores

Públicos del Estado de Colima.

Ley del Periódico Oficial del Estado de Colima

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