Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos
Artículo 45
Vigencia verificada: 21 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 45. CONTENIDO DE LAS NOTAS DE PRESENTACIÓN. Las notas de
presentación en el Folio Real Electrónico expresarán:
I. La fecha y número de entrada o control interno;
II. La naturaleza del documento y el Registrador que lo haya autorizado;
III. La naturaleza del acto o negocio de que se trate;
IV. Los bienes o derechos objeto del título presentado, expresando su cuantía,
si constare, y
V. Los nombres y apellidos de las partes.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REGISTRO. IMPUGNACION DE SUS INSCRIPCIONES. (s/clave)
- ESCRITURAS, CANCELACION DE LAS, EN EL REGISTRO. (s/clave)
- REGISTRO, CANCELACION DE LAS INSCRIPCIONES EN EL. (s/clave)
- REGISTRO PUBLICO, CONFIRMACION DE UNA INSCRIPCION ANULABLE Y SUS EFECTOS CON RESPECTO A TERCERO. (s/clave)
- REGISTRO PUBLICO, INSCRIPCIONES EN EL. (s/clave)
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