Ley Estatal de Documentación y Archivos de Morelos
Artículo Transitorio CUARTO
Vigencia verificada: 15 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
El Ejecutivo del Estado dispondrá de un plazo de ciento veinte días
naturales, contados a partir de la fecha en que entre en vigor esta Ley, para
publicar el Reglamento Interior del Instituto Estatal de Documentación.
QUINTO.-
Fuente oficial: consultar publicación
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