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Ley Federal de Derechos · Titulo PRIMERO — De los Derechos por la Prestación de Servicios · Capitulo VIII — De la Secretaría de Comunicaciones y Transportes · Seccion Séptima — Registro Público Marítimo Nacional y Servicios a la Marina Mercante

Artículo 165-A

Ordenamiento: Ley Federal de Derechos · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-07

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 165-A. (Se deroga).

Artículo adicionado DOF 28-12-1989. Reformado DOF 220-12-1991, 8-12-1994, 31-12-1999, 01-01-2002. Derogado DOF 12-12-2011

Fuente oficial: consultar publicación

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