Artículo 173
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 173. Por el estudio de la solicitud y, en su caso, expedición de título o prórroga de concesiones en materia de telecomunicaciones o radiodifusión, para el uso, aprovechamiento o explotación de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico de uso determinado, o para la ocupación y explotación de recursos orbitales, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
A. Para uso comercial:
I. Por la expedición del título de concesión $47,555.66
II. Por la prórroga $20,128.17
B. Para uso privado:
I. Con propósitos de comunicación privada:
a). Por la expedición del título de concesión $47,555.66
b). Por la prórroga $20,128.17
II. (Se deroga).
Fracción derogada DOF 07-11-2025
III. (Se deroga).
Fracción reformada DOF 19-12-2024. Derogada DOF 07-11-2025
C. Para uso público y social:
I. Por la expedición del título de concesión $47,555.66
II. Por la prórroga $20,128.17
Cuando la explotación de los servicios objeto de la concesión de bandas de frecuencias o recursos orbitales a los que se refieren los apartados A, B y C, requiera el otorgamiento de un título de concesión única, en términos del segundo párrafo del artículo 54 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el pago de derechos correspondiente al de bandas de frecuencias o recursos orbitales, comprenderá la expedición de la concesión única respectiva.
Párrafo reformado DOF 07-12-2016, 07-11-2025
Reforma DOF 07-11-2025: Derogó del artículo el entonces párrafo tercero
Artículo reformado DOF 20-12-1991, 18-12-1992. Derogado DOF 03-12-1993. Adicionado DOF 18-11-2015
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONCESIÓN O PERMISO SOBRE BANDAS DE FRECUENCIA DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO. SE OTORGAN PARA UN USO ESPECÍFICO. (42)
- CONCESIÓN O PERMISO SOBRE BANDAS DE FRECUENCIA DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO. SE OTORGAN PARA UN USO ESPECÍFICO. (P./J. 66/2007)
- CONCESIÓN EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES. SU OBJETO Y MODALIDADES. (I.4o.A.74 A (10a.))
- DERECHOS POR EL USO, GOCE, APROVECHAMIENTO O EXPLOTACIÓN DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO. EL ARTÍCULO QUINTO TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSA (2a. XIV/2011)
- DERECHOS POR EL USO, GOCE, APROVECHAMIENTO O EXPLOTACIÓN DE BANDAS DE FRECUENCIA DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO. EL ARTÍCULO 244-D DE LA LEY RELATIVA NO VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD (2a. CXXXIII/2010)
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