Ley Federal de Derechos · Titulo PRIMERO — De los Derechos por la Prestación de Servicios · Capitulo VI — De la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial · Seccion Tercera — Inversiones Extranjeras
Artículo 71
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 71. (Se deroga).
Artículo reformado DOF 28-12-1989, 20-12-1991, 18-12-1992, 03-12-1993, 28-12-1994. Derogado DOF 18-11-2010
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REVISION. (s/clave)
- PRECEPTOS LEGALES, CITA EQUIVOCADA DE LOS. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
- REVISION POR LAS AUTORIDADES INFERIORES. (s/clave)
- APLICACION DE LA LEY. (s/clave)
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