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Modo: Corpus Pro

Ley Federal de Derechos · Titulo PRIMERO — De los Derechos por la Prestación de Servicios · Capitulo VII — Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural · Seccion SEGUNDA — Sanidad Fitozoosanitaria

Artículo 86-C

Ordenamiento: Ley Federal de Derechos · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-07

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 86-C. Por la solicitud, análisis y, en su caso, expedición del dictamen técnico de efectividad biológica que presenten las empresas que realicen actividades en materia de plaguicidas agrícolas o pecuarios, o de insumos de nutrición vegetal, se pagará el derecho de sanidad agropecuaria, conforme a la cuota de $3,762.10

Artículo adicionado DOF 15-12-1995. Reformado DOF 30-12-1996, 01-12-2004, 18-11-2010, 18-11-2015

Fuente oficial: consultar publicación

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