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Ley Federal del Derecho de Autor · Titulo IV — De la Protección al Derecho de Autor · Capitulo III — De la Obra Cinematográfica y Audiovisual

Artículo 97

Ordenamiento: Ley Federal del Derecho de Autor · Ámbito: Federal
Última reforma: 2026-05-14

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 97.- Son autores de las obras audiovisuales:

I. El director realizador;

II. Los autores del argumento, adaptación, guión o diálogo;

III. Los autores de las composiciones musicales;

IV. El fotógrafo, y

V. Los autores de las caricaturas y de los dibujos animados.

Salvo pacto en contrario, se considera al productor como el titular de los derechos patrimoniales de la obra en su conjunto.

Fuente oficial: consultar publicación

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