Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
Artículo 31
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 31.- La Asamblea Consultiva es un órgano de opinión y asesoría de las acciones, políticas públicas, programas y proyectos que desarrolle el Consejo en Materia de Prevención y Eliminación de la Discriminación.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONSEJOS CONSULTIVOS. DERECHO POLITICOS. (s/clave)
- REVISION DE OFICIO. (s/clave)
- CONVOCATORIA A ELECCIONES. (s/clave)
- FUERO CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- CONCLUSIONES DEL MINISTERIO PUBLICO. (s/clave)
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