Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
Artículo 36
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 36.- Las reglas de funcionamiento y organización de la Asamblea Consultiva se establecerán en el Estatuto Orgánico.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- LEYES, OBLIGATORIEDAD DE LAS. (s/clave)
- CONTRATO LEY, REQUISITOS DEL. (s/clave)
- ACUERDOS ADMINISTRATIVOS. (s/clave)
- CONSEJOS CONSULTIVOS. DERECHO POLITICOS. (s/clave)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
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