Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación · Titulo Cuarto — de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. · Capitulo recorrido — y denominación reformada DOF 20-03-2014 · Seccion adicionada — DOF 20-03-2014

Artículo 63 Séptimus

Ordenamiento: Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-14

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 63 Séptimus.- A la persona particular, física o moral, persona servidora pública o poderes públicos federales a quienes se atribuyan los presuntos actos, omisiones o prácticas sociales discriminatorias, se les apercibirá de que de omitir dar contestación a las imputaciones, o dar respuesta parcial, se tendrán por ciertas las conductas o prácticas sociales presuntamente discriminatorias que se le atribuyan, salvo prueba en contrario, y se le notificará del procedimiento conciliatorio, cuando así proceda, para efectos de su participación.

Artículo adicionado DOF 20-03-2014

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 63 SextusÍndice de la leyArt. 63 Octavus →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis