Corpus
Modo: Corpus Pro

Ley General de Hacienda del Estado de Morelos · Titulo SEGUNDO — DE LOS IMPUESTOS · Capitulo PRIMERO — DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHÍCULOS

Artículo 15

Ordenamiento: Ley General de Hacienda del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-02-03

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo *15. Derogado

NOTAS:

REFORMA VIGENTE. - Derogado por el artículo Único del Decreto No.1377, publicado en el

Periódico Oficial No. 4925 de fecha 2011/10/12. Vigencia en 2012/01/01.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 14Índice de la leyArt. 16 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (reforma publicada en el DOF el 2026-02-03)

Artículo *15. Derogado

NOTAS:

REFORMA VIGENTE. - Derogado por el artículo Único del Decreto No.1377, publicado en el

decía: No se pagará

el impuesto, en los términos de este Capítulo, por la tenencia o uso de los vehículos propiedad de la

Federación, del Estado o de los Municipios que sean utilizados para la prestación de los siguientes

servicios públicos:

I. Rescate;

II. Patrullas;

III. Transportes de limpia;

IV. Pipas de agua;

V. Servicios funerarios;

Ambulancias, y

VI. Los destinados a los cuerpos de bomberos.

CAPÍTULO SEGUNDO

DEL IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE

VEHÍCULOS AUTOMOTORES USADOS

OBJETO

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.