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Modo: Corpus Pro

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales · Libro PRIMERO — [Denominación suprimida] · Titulo ÚNICO — [Disposiciones Generales]

Artículo 6

Ordenamiento: Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales · Ámbito: Federal
Última reforma: 2026-06-02

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 6.

1. La promoción de la participación ciudadana para el ejercicio del derecho al sufragio corresponde al Instituto, a los Organismos Públicos Locales, a los partidos políticos y sus candidatos. El Instituto emitirá las reglas a las que se sujetarán las campañas de promoción del voto que realicen otras organizaciones.

[Párrafo segundo. Suprimido]

Párrafo adicionado DOF 02-03-2023

Párrafo declarado inválido y suprimido conforme al texto de la ley “que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

2. El Instituto, los Organismos Públicos Locales, los partidos políticos, personas precandidatas y candidatas, deberán garantizar el principio de paridad de género en el ejercicio de los derechos políticos y electorales, así como el respeto a los derechos humanos de las mujeres.

Numeral adicionado DOF 13-04-2020

3. El Instituto, en el ámbito de sus atribuciones, dispondrá lo necesario para asegurar el cumplimiento de las normas antes establecidas y de las demás dispuestas en esta Ley.

Numeral recorrido DOF 13-04-2020

LIBRO SEGUNDO

[De la Integración de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión y de las Entidades Federativas, así como de los Ayuntamientos]

Denominación del Libro reformada DOF 02-03-2023

Denominación declarada inválida y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

TÍTULO PRIMERO

[De la Participación de los Ciudadanos en las Elecciones]

Denominación del Título reformada DOF 02-03-2023

Denominación declarada inválida y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

CAPÍTULO I

De los Derechos y Obligaciones

Fuente oficial: consultar publicación

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