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Modo: Corpus Pro

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales · Libro TERCERO — [De los Organismos Electorales] · Titulo Cuarto — del Libro Quinto de esta Ley. · Capitulo IV — [De los Órganos del Instituto en los Distritos Electorales Uninominales] · Seccion Primera — [De las Juntas Distritales Ejecutivas]

Artículo 72

Ordenamiento: Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales · Ámbito: Federal
Última reforma: 2026-06-02

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 72.

1. [Las juntas distritales ejecutivas son los órganos permanentes que se integran por: el vocal ejecutivo, los vocales de Organización Electoral, del Registro Federal de Electores, de Capacitación Electoral y Educación Cívica y un vocal secretario.]

Numeral reformado DOF 02-03-2023

Numeral declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

2. [El vocal ejecutivo presidirá la junta.]

Numeral derogado DOF 02-03-2023

Derogación del numeral declarada inválida y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

3. [El vocal secretario auxiliará al vocal ejecutivo en las tareas administrativas de la junta, y ejercerá las funciones de la oficialía electoral.]

Numeral derogado DOF 02-03-2023

Derogación del numeral declarada inválida y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

4. [Las juntas distritales ejecutivas estarán integradas invariablemente por funcionarios del Servicio Profesional Electoral Nacional.]

Numeral derogado DOF 02-03-2023

Derogación del numeral declarada inválida y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

[5. Suprimido]

Numeral adicionado DOF 02-03-2023

Numeral declarado inválido y suprimido conforme al texto de la ley “que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

Fuente oficial: consultar publicación

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